¿A cuánto se paga la hora extra?

En este artículo te explicaremos a cuánto se paga la hora extra y cómo calcular el dinero que te debe la empresa por horas extraordinarias.

Además, pondremos dos ejemplos prácticos en sectores donde las horas extraordinarias son muy habituales: la hostelería y el transporte.

Y te daremos algunos consejos reclamar las horas extraordinarias con éxito y evitar que el empresa quede impune si no las satisface.

Si quieres reclamar horas extraordinarias: tenemos un abogado laboralista cerca de ti. 😉

Cómo calcular las horas extraordinarias

Lo primero de todo es determinar cuántas horas extraordinarias se han realizado. 

Esto debe hacerse teniendo en cuenta la jornada laboral normal y que cabe la posibilidad de compensar los excesos de jornada con descansos, especialmente cuando se tiene una jornada irregular.

Si trabajas 40 horas todas las semanas, es muy fácil saber si has realizado horas extraordinarias, simplemente debes fijarte en tu jornada semanal y las horas que excedan de las 40 ordinarias, son extraordinarias. Y si no te dan descansos para compensarlas, deben pagártelas.

En caso de jornada irregular, el cálculo de horas extra se complica un poco, ya que es posible que una semana trabajes 34 horas, otra trabajes 42 y otra trabajes 38. Entonces, tienes que fijarte en la jornada anual establecida mediante convenio colectivo.

Por ejemplo, el convenio de la hostelería en Castellón establece una jornada de 1.784 horas anuales. Si a final de año, según tu registro de jornada, has trabajado más horas, te deben horas extra.

Hay que recordar que el límite es de 80 horas extra anuales.

Compensación de horas extra por descansos

Las horas extraordinarias no se deben pagar obligatoriamente, es posible compensarlas con descansos.

El art. 35 del Estatuto de los Trabajadores dice lo siguiente:

Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. 

En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

Por tanto, la empresa no siempre abonará las horas extra, en algunos casos, las compensará por descansos equivalentes, que se pagarán al trabajador.

Esto es especialmente importante, porque si un mes se realizan horas extraordinarias y el empresa no las paga, no significa que exista una deuda, ya que pueden compensarse con descansos durante los 4 meses siguientes a su realización. 

El convenio colectivo, a veces, amplia este plazo para la compensación de horas extra, por ejemplo, a 6 meses.

Horas extra de trabajadores a tiempo parcial

Hay que recordar que los trabajadores a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias (salvo fuerza mayor). Pero sí que pueden realizar horas complementarias.

En otro artículo explicamos la diferencia entre horas extra y horas complementarias.

A cuánto se pagan las horas extra

Si las horas extra no se compensan con descansos, deben pagarse. La pregunta es: ¿A qué precio se pagan las horas extra?

El valor de la hora extraordinaria es el que indique el convenio colectivo, que en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.

Si el convenio no establece un precio especial o no existe un convenio aplicable, las horas extra se pagan al mismo valor que las horas ordinarias.

En estos casos, el valor de la hora ordinaria se obtiene dividiendo el salario anual por el número de horas de trabajo efectivo anuales que establezca el mismo convenio.

En algunos convenios se establece un precio fijo para la hora extraordinaria, por ejemplo, 15,75 euros / hora.

En otros convenios se establece un porcentaje adicional, por ejemplo, un 75% por encima de la hora ordinaria.

A continuación veremos un ejemplo sobre el precio de la hora extra en la hostelería.

Hora extra en la hostelería

La hostelería es un sector bastante proclive a realizar horas extra. A veces legalmente, otras irregularmente. Muchas veces impagadas.

Es importante un correcto registro de jornada para poder calcular y reclamar las horas extraordinarias.

¿A cuánto se paga la hora extra en la hostelería? Habrá que mirar el convenio.

Por ejemplo, el convenio de la hostelería de Castellón contempla la siguiente fórmula:

Las horas extraordinarias tendrán el valor salarial según dicha fórmula:
Salario base x 15 / horas anuales (1784) = precio hora + 75% = precio hora extraordinaria.

Por ejemplo, para un ayudante a camarero sería:

1.142,09 € x 15 / 1784 = 9,60 + 75 % = 16,08 €.

Por tanto, la hora extra en la hostelería de Castellón, para un ayudante de camarero tiene un valor de 16,08 € / hora.

Hora extra en el transporte

El transporte es otro sector donde se realiza un importante número de horas extraordinarias, que, sin embargo, no deben confundirse con las horas de presencia (que se pagan con al mismo valor que las horas ordinarias).

De nuevo, los convenios nos indican a qué precio debe pagarse la hora extraordinaria en el transporte. Hay que revisar el convenio aplicable en cada provincia o empresa.

En este caso, el convenio del transporte en Castellón establece:

En el supuesto de la ejecución de horas extraordinarias, que serán únicamente las de conducción, y otros trabajos “martillo”, se podrán compensar de común acuerdo entre la empresa y el trabajador interesado, o abonadas con un incremento del 10% de la hora ordinaria o compensadas en descanso, dentro de los 6 meses siguientes a su realización, a criterio de la empresa y en jornadas completas, comunicándose al trabajador al menos con 7 días de antelación.

Cómo reclamar horas extra

Reclamar horas extraordinarias es un trabajo complejo que debe dejarse en manos de un abogado laboralista o graduado social.

Para asegurarse una demanda de éxito es necesario tener los registros de jornada (si no se tienen, hay que pedirlos a través del Juzgado).

Si en los registros de jornada no se reflejan las horas extraordinarias, como muchas veces ocurre, será necesario desglosar día por día las horas trabajadas. En ese caso es necesario contar con otras pruebas que avalen nuestro registro, frente al del empresario.

Abogado Laboralista Sergio García Edo

Sergio García Edo

Abogado Laboralista. Experto en el ámbito jurídico laboral, negociando y litigando. Más de  20 años ayudando a empresas y personas trabajadoras a solucionar sus problemas laborales.

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