El despido es una decisión que perjudica al trabajador, porque lo despoja de su empleo, por ese motivo, es posible reclamar una indemnización por despido o incluso la readmisión.
En este artículo te enseñaremos a calcular tu indemnización por despido improcedente.
No obstante, como los despidos son un asunto complejo y el plazo para impugnar y reclamar la indemnización únicamente es de 20 días hábiles, te aconsejamos que te pongas en contacto cuanto antes con nosotros, un abogado laboralista valorará tu caso.
Necesitaremos la carta de despido y las nóminas que tengas de los últimos 12 meses (si te falta alguna, no te preocupes, la conseguiremos nosotros mediante un requerimiento judicial si es necesario).
¿Qué indemnización te toca por ley en caso de despido?
La indemnización depende de varios factores:
- La modalidad de despido,
- Procedencia o improcedencia,
- El salario bruto y,
- La antigüedad en la empresa.
¿Despido objetivo o disciplinario?
La modalidad del despido puede ser objetivo o disciplinario, pero en ambos casos, se puede calificar de procedente o improcedente, aunque también puede ser nulo si se realiza por algún motivo discriminatorio.
El despido calificado como objetivo, lleva asociada una indemnización de 20 días por año trabajado, mientras que el despido improcedente lleva aparejada una indemnización de 33 días de salario por año de servicio.
No obstante, para despidos improcedentes cuya antigüedad del trabajador es anterior a 12 febrero de 2012, hasta esta fecha, la indemnización seria a razón de 45 días de salario por año trabajado.
Y el despido disciplinario, que en principio no comporta ninguna indemnización, si es reconocido o declarado como improcedente genera una indemnización de 33 ó 45 días de salario por año trabajado. Este despido, podríamos calificarlo como «despido injustificado», es decir, no existe causa alguna o causa justificada en la norma que ampare esta decisión del empresario (es un despido arbitrario), y por ello, lleva atribuida la máxima indemnización legal, la de 33 días por año trabajado o de 45 días como mencionamos.
¿Cómo calcular la indemnización por despido?
Afortunadamente, existen varias calculadoras de despido en internet que pueden facilitar en buena medida el trabajo. Sin embargo, hay que usarlas correctamente.
Nosotros recomendamos, como no puede ser de otra manera, la calculadora del Consejo General del Poder Judicial, que es la herramienta «oficial» para calcular cualquier indemnización laboral por despido o extinción, aunque también es muy interesante la calculadora de Laborea Abogados, que también puede hacerte muy buen papel.
Para calcular correctamente la indemnización por despido es imperativo indicarle a la calculadora los datos correctos, pues en caso contrario, el resultado de la indemnización será incorrecto. A continuación te explicamos qué debes tener en cuenta.
¿Qué se debe tener en cuenta para calcular la indemnización por un despido improcedente?
Los tres factores que intervienen en el cálculo de la indemnización por despido son:
Salario bruto diario, mensual o anual.
Para ello, hemos de tener en cuenta la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año. Estos datos se extraen de las últimas 12 nóminas completas inmediatamente anteriores al despido.
Es importante saber que en la nómina aparecen variables que no se tienen en cuenta, como son: las dietas, aportaciones realizadas por la empresa a planes de pensiones o a seguros, ni otros conceptos que no se consideren estrictamente como «salarios».
Antigüedad en la empresa
En este caso, decir que la antigüedad debe ser en meses completos, si un mes está incompleto, se redondea al alza.
Se debe tener en cuenta si existe concatenación de contratos en la misma empresa que, dependiendo del tiempo transcurrido entre los contratos en la misma empresa o grupo de estas, pone el contador de la antigüedad a cero, o no.
Si se ha empezado la relación laboral mediante un contrato con una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) esa antigüedad también cuenta.
Plazo para reclamar la indemnización por despido
El trabajador despedido dispone de un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido y reclamar la indemnización o la readmisión en la empresa. En este plazo no cuentan sábados, domingos ni festivos.
Este plazo es el mismo para todos los trabajadores del sector privado.
El proceso se inicia mediante un intento de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC o CMAC). Cuando se trabaja como personal laboral de una administración pública no es necesario intentar conciliación ni presentar reclamación previa administrativa.
Si el intento de conciliación fracasa, se presenta demanda judicial.
Es importante realizar un correcto cómputo del plazo para que no caduque la acción. Si tienes dudas, mejor consulta a un abogado laboralista.
Finiquito por despido
El despido siempre comporta el derecho a cobrar un finiquito, ya sea despido disciplinario u objetivo, y se califique como procedente, improcedente o nulo. Existe derecho a finiquito incluso en caso de baja voluntaria.
Debe distinguirse la indemnización por despido del finiquito en sentido estricto, que únicamente comporta los salarios adeudados al trabajador, especialmente los del último mes trabajado, las vacaciones no disfrutadas en la fecha del despido, y la parte proporcional de pagas extraordinarias, salvo que se percibiesen de forma prorrateada mensualmente.





