Indemnización por modificación de las condiciones de trabajo

Cuando se modifica el salario, la jornada, el horario, los turnos o las funciones a un trabajador, éste puede impugnar la modificación o rescindir su contrato de trabajo, reclamando una indemnización por modificación de las condiciones de trabajo equivalente a 20 días de salario por año trabajado, y además, con derecho a paro.

En este artículo te explicaremos cuánto te corresponde y cómo solicitarlo.

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Rescisión del contrato por modificación de las condiciones laborales

Como hemos adelantado en el encabezado, el trabajador cuyas condiciones de trabajo han sido modificadas, tiene derecho a solicitar el coloquialmente conocido como «autodespido» con indemnización y paro.

Para ello, deben cumplirse dos requisitos:

  • Que la modificación de las condiciones sea «sustancial». Si por ejemplo, se retrasa la hora de entrada y de salida 10 minutos, no se considera una modificación sustancial.
  • Que el trabajador resulte perjudicado por la modificación sustancial. Si la modificación no perjudica al trabajador, no se cumple el requisito exigido por el art. 41.3 del Estatuto de los Trabajadores y no es posible solicitar la extinción de la relación laboral.

¿Y si las causas alegadas por la empresa son ciertas?

Cuando se modifican las condiciones laborales la empresa debe justificar su decisión por alguna de la causas objetivas que contempla la ley: económicas, técnicas, organizativas o productivas.

Por ejemplo, una empresa puede instaurar un sistema de trabajo a turnos rotativos porque debido a los costes energéticos, le resulta más favorable económicamente cerrar una parte de la línea de producción y no parar la otra parte por la noche, ya que la puesta en marcha diaria genera mucho gasto de energía. Este ejemplo sería una causa válida para modificar las condiciones laborales.

En estos casos, el trabajador puede resultar perjudicado por la modificación de las condiciones. Si esto ocurre, no está obligado a seguir trabajando en la empresa con las nuevas condiciones impuestas por la empresa, aunque estén justificadas.

En estos casos, surge el derecho a rescindir el contrato de trabajo (autodespido) con derecho a indemnización y paro. Insisto, aunque las razones de la empresa sean válidas.

Indemnización por modificación de las condiciones laborales

Cuando un trabajador solicita la rescisión del contrato de trabajo por este motivo, le corresponde una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un tope de nueve mensualidades.

Salario regulador

El salario que se utiliza para calcular la indemnización por modificación de las condiciones laborales es el bruto, sin descuento de las cotizaciones ni del IRPF. El mismo que para calcular la indemnización por despido.

Deben incluirse todos los conceptos salariales de la nómina (salario base y complementos) y excluirse los extrasalariales, por ejemplo, suplido por dietas, plus transporte o kilometraje.

Si el trabajador tiene partidas variables, por ejemplo, comisiones, debe calcularse el promedio de las 12 últimas mensualidades. El resultado del salario anual debe dividirse por 365 para obtener el salario diario.

Tope de 9 mensualidades

Se trata de un límite en la cuantía de la indemnización total, que no puede superar el equivalente a 9 meses de salario en bruto.

Por ejemplo, si un trabajador cobra 2.000 euros brutos al mes, su indemnización máxima será de 18.000 euros netos.

Fondo de Garantía Salarial

En caso de empresas insolventes o en concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), abonará al trabajador la indemnización por modificación de las condiciones laborales.

Prestación por desempleo

La extinción de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones laborales es una situación legal de desempleo, es decir, permite el acceso a la prestación por desempleo (el paro).

El trabajador tiene derecho a cobrar 4 meses de paro por cada año trabajado. Por 6 meses trabajados se generan 2 meses de paro, pero los periodos inferiores se desprecian, es decir, se pierden.

Si el trabajador no tiene un año cotizado (en esa empresa o sumando cotizaciones anteriores que no hubiese consumido), puede valorar solicitar el subsidio por desempleo.

¿Cómo solicitar el autodespido por modificación de las condiciones laborales?

Básicamente pueden darse dos situaciones:

Si la empresa sigue el proceso legal para modificar las condiciones laborales, lo notificará por escrito al trabajador, con un preaviso mínimo de 15 días, reconociendo la sustancialidad de la modificación y le ofrecerá la posibilidad de rescindir su contrato de trabajo con derecho a 20 días de salario por año trabajado.

En esos casos no es necesario presentar demanda. La mera comunicación escrita del trabajador a la empresa sobre su deseo de extinguir la relación laboral es suficiente.

Si la empresa no sigue el proceso legal y no reconoce la sustancialidad de la modificación, el trabajador debe presentar una demanda para conseguir un acuerdo con la empresa o una sentencia judicial.

En caso contrario se expone al riesgo de no cobrar la indemnización y no poder acceder a la prestación por desempleo.

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