Cómo conseguir una incapacidad permanente

En este artículo explicaremos cómo conseguir una incapacidad permanente y los requisitos que deben cumplirse para ello.

Valoraremos desde las patologías y dolencias por las que se puede reconocer una incapacidad, el mejor momento para solicitarla y los profesionales que deberán ayudarte para conseguirla.

Además, daremos un repaso al proceso que se sigue y a los tiempos que se manejan actualmente hasta su consecución.

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Enfermedades o lesiones por las que se reconoce una incapacidad permanente

Cuando nos preguntamos cómo conseguir una incapacidad permanente pensamos en situaciones extremas, probablemente viciados por el propio término «incapacidad» (así como otros que se han utilizado en el pasado, como «invalidez» o incluso «inutilidad»).

Pero lo cierto es que, no es necesario estar postrado en una silla de ruedas para que a un trabajador le reconozcan una pensión incapacidad permanente.

Existen cuatro grados de incapacidad permanente dependiendo de la gravedad de las limitaciones que se padecen, y todos ellos se refieren a la capacidad para el trabajo, ya sea para la profesión que habitualmente se ha ejercido, como para cualquier trabajo o profesión.

Lo que se valora es la capacidad laboral del trabajador afectado por una enfermedad, lesión, afección, dolencia…

Por ejemplo, un conductor con gonartrosis puede valorar una incapacidad parcial o total.

Se reconocen incapacidades permanentes por todo tipo de patologías, entre las cuales, destacamos algunas de las más habituales:

Salud mental

Es posible solicitar la incapacidad en casos de depresión mayor, estrés post traumático, trastorno bipolar, esquizofrenia, etc. Serán necesarios buenos informes que determinen el grado de afección, puesto que las psicopatologías pueden provocar limitaciones leves, graves o muy graves, y es necesario determinarlas de forma objetiva.

Problemas osteoarticulares

Es un motivo frecuente de solicitud de incapacidad permanente, hernias discales, protrusión discal, discopatías por deshidratación, escoliosis, epicondilitis, y todo tipo de problemas osteoarticulares y músculo-esqueléticos, especialmente para trabajadores con profesiones de mayor exigencia física (albañiles, instalación y mantenimiento de equipos industriales, limpieza, etc).

Enfermedades cardíacas

También se puede solicitar la incapacidad permanente cuando se ha sufrido un accidente cardiovascular o cerebrovascular y debido a ello, se padecen secuelas. Infartos o ictus que pueden venir acompañados de disnea u otros problemas conexos.

Fibromialgia

Cada vez es más frecuente que se diagnostiquen fibromialgias, una afección de etimología poco clara, que produce cansancio y dolores a quienes la padecen, muchas veces invalidantes, por los que la persona afectada puede solicitar una incapacidad permanente.

¿Cuándo solicitar la incapacidad permanente?

Por su propia definición legal, la incapacidad permanente debe solicitarse tras haber agotado el tratamiento médico oportuno, y no antes. Para ello, es habitual la persona afectada inicie un proceso de incapacidad temporal (baja médica) que puede prolongarse hasta 18 meses.

Si existe un tratamiento que puede curar o paliar las limitaciones del trabajador afectado, es necesario someterse al mismo antes de concluir que se padecen secuelas y limitaciones de suficiente entidad para solicitar una incapacidad.

Este tratamiento puede incluir desde medicación y reposo, hasta intervenciones quirúrgicas y su posterior rehabilitación.

Si tras el tratamiento oportuno no se ha conseguido una curación o mejoría suficiente para la reincorporación al trabajo, y las enfermedades o lesiones son definitivas (o al menos no se prevé una recuperación a corto plazo), en ese momento procede el reconocimiento de la incapacidad permanente.

Conseguir informes médicos de calidad

Aportar informes médicos de calidad es determinante para conseguir una incapacidad permanente.

Ni el tribunal médico ni el juez van a ordenar pruebas diagnósticas ni de otro tipo para comprobar si el trabajador tiene limitaciones y el grado de las mismas. No hay otro modo para demostrar las limitaciones que mediante informes médicos (de la sanidad pública y/o privada).

Por ese motivo es muy importante solicitar los informes de los distintos médicos y especialistas que visiten y traten al trabajador.

En ocasiones, los informes son insuficientes, y es necesario realizar pruebas complementarias: informes neuropsicológicos, biomecánicos, etc.

Proceso de incapacidad

Para conseguir una incapacidad es necesario someterse a un proceso administrativo y, en algunos casos, judicial.

Procedimiento administrativo

En primer lugar, es necesario una valoración en sede administrativa por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El procedimiento se inicia; bien porque el trabajador ha agotado la duración máxima de la baja médica, en cuyo caso se inicia por el INSS; o bien porque lo ha solicitado el propio trabajador sin haber agotado la baja médica.

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), al que coloquialmente suele denominarse «tribunal médico» valorará al trabajador y emitirá un Dictamen Propuesta, aconsejando o desaconsejando el reconocimiento de la incapacidad permanente.

El trabajador disconforme puede presentar una reclamación previa a la vía judicial en el plazo de 30 días hábiles.

Proceso judicial

Si el procedimiento administrativo culmina de forma desfavorable, se abre la posibilidad de presentar una demanda judicial por incapacidad en el Juzgado de lo Social. El plazo es de 30 días hábiles desde la resolución de la vía administrativa.

El proceso suele tardar un año aproximadamente (no tiene carácter preferente), en algunas ciudades incluso más tiempo.

Es muy importante estar defendido por un abogado experto en incapacidad y un perito o médico forense que avalen la demanda presentada.

Si quieres que valoremos tu incapacidad permanente y te defendamos para intentar conseguirla, escríbenos a través del formulario de consultas.

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