Existe la posibilidad de realizar un contrato de sustitución por excedencia forzosa o por cuidado de hijos o familiares.
En este artículo te explicamos las características y condiciones del contrato por sustitución por excedencias de varios tipos. También si existen bonificaciones para este año 2024.
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Contrato de sustitución por excedencia voluntaria
El trabajador en situación de excedencia voluntaria puede dejar una vacante entre 4 meses y 5 años.
En principio, no es posible realizar un contrato de sustitución por excedencia voluntaria, ya que no existe un derecho al reingreso automático, es decir, no existe reserva del puesto de trabajo.
Sin embargo, si el convenio colectivo establece un derecho al reingreso, aunque sea durante un periodo de tiempo, en ese caso, el contrato de sustitución, sí que sería válido.
Hay que recordar que por definición del art. 15.3 del Estatuto de los Trabajares: Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
Por tanto, si concurre esa reserva del puesto de trabajo, el contrato de sustitución o interinidad, es válido para sustituir a un trabajador en situación de excedencia voluntaria.
Sustitución por excedencia por cuidado de hijos o familiares
Es posible solicitar una excedencia por cuidado de hijos recién nacidos o por cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos.
En estos casos los trabajadores pueden solicitar excedencia por un plazo de 3 años (cuidados de hijos) o de 2 años (cuidado de familiares), aunque en este último caso, el convenio podría ampliar el plazo.
En ambos casos existe reserva del puesto de trabajo durante el primer año, de modo que es posible suscribir un contrato de sustitución.
Contrato de sustitución por excedencia forzosa o funciones sindicales
La excedencia forzosa está pensada para trabajadores que temporalmente ocupen cargos públicos.
El trabajador en excedencia tiene derecho al reingreso automático, sin necesidad de que exista vacante ni ninguna otra condición. Y sea cual sea la duración de la excedencia.
Es posible celebrar un contrato de interinidad para la sustitución de trabajadores que ocupen temporalmente un cargo público representativo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior.
Condiciones del contrato de sustitución por excedencia
Este tipo de contrato debe formalizarse necesariamente por escrito, indicando el nombre y apellidos de la persona sustituida y la causa.
El trabajador sustituto puede desempeñar las tareas del trabajador sustituido (en excedencia) u otras distintas, si otro trabajador ocupa la vacante del trabajador sustituido.
La jornada será a tiempo completo excepto cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial.
Es posible acordar un periodo de prueba.
El contrato de sustitución se extenderá temporalmente hasta que finalice la excedencia. Es posible celebrar otro contrato de interinidad para sustituir a otro trabajador en excedencia o en otra causa de suspensión con reserva del puesto de trabajo.
No existe indemnización por fin de contrato de sustitución.
Bonificaciones del contrato de sustitución por excedencia
No existen bonificaciones para los contratos de sustitución por excedencia por cuidado de hijos, familiares que no pueden valerse por sí mismos o excedencia forzosa.
Sí que existen bonificaciones para otros tipos de contrato de sustitución, por ejemplo, de trabajadores en descanso por maternidad o paternidad, en riesgo de embarazo o riesgo de lactancia. Incluso aunque la persona sustituida sea un trabajador autónomo.
Vicent Arrandis
Abogado Laboralista, más de 25 años de ejercicio profesional. Especialista en consensuar, negociar y mejorar las relaciones laborales.





