Un día vino un comercial a mi despacho y me preguntó si podía reclamar una incapacidad total por el síndrome del túnel carpiano, lo cual yo veía francamente complicado. Sin embargo, la cosa cambiaba al explicarme que habitualmente trabajó como carnicero industrial y que dejó de hacerlo después de esa operación.
Efectivamente, su profesión habitual era la de carnicero industrial y su patología le había sido diagnosticada mientras ejercía esa profesión.
En este artículo te explicaré la noción de «profesión habitual» a efectos de incapacidad permanente parcial o incapacidad permanente total.
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La incapacidad para la profesión habitual
La incapacidad laboral puede referirse a la profesión habitual o a cualquier profesión. Cuando se refiere únicamente a la profesión habitual, las limitaciones que padece el trabajador, deben ponerse en contraste con las exigencias de esa profesión, para hacer un juicio sobre la capacidad laboral del trabajador y sus posibilidades de seguir ejerciendo esa actividad o profesión de forma óptima.
Por ejemplo, para unas mismas lesiones, una persona puede tener una incapacidad parcial, una incapacidad total o ninguna incapacidad.
Por ese motivo, es tan importante determinar cuál es la profesión habitual del trabajador que solicita una incapacidad laboral.
¿Cuál se considera mi profesión habitual?
En caso de enfermedad común, suele considerarse como profesión habitual la desarrollada durante los 12 meses anteriores a la baja médica que finalmente deriva en una incapacidad permanente.
En caso de enfermedad profesional, se considera la profesión ejercida en la fecha del diagnóstico, aunque la incapacidad se reconozca mucho tiempo después.
Y en caso de accidente, sea común o de trabajo, se considera la profesión ejercida en el momento del accidente.
Si bien, no cabe considerar como profesión habitual una que se ha desarrollado de forma residual (por ejemplo, unos días o un par de semanas), cuando anteriormente, se ha realizado otra profesión durante un tiempo muy prolongado.
No estoy de acuerdo con la profesión habitual valorada por el INSS
Es posible que en el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) como coloquialmente se lo conoce «tribunal médico», se valoren las limitaciones de un trabajador para una profesión que no es la suya.
En ese caso, el trabajador puede y debe oponerse a esa valoración.
Funciones de la profesión habitual
Para una correcta valoración, es necesario que el juez tenga una descripción exhaustiva de las funciones que desarrolla el trabajador en su profesión, pues de otro modo, no puede valorarse si está capacitado o invalidado para su profesión habitual.
El concepto de profesión habitual no se reduce a la mera citación de la categoría profesional o grupo profesional. Debe desarrollarse el concepto con una descripción de las funciones realizadas.
Cobrar la pensión y realizar trabajos distintos profesión habitual
Cuando un trabajador se encuentra impedido para ejercer su profesión habitual, puede solicitar una pensión por incapacidad total.
En estos casos se reconoce una pensión equivalente al 55% de la pensión inicial (base reguladora + porcentaje según años trabajados).
Esta incapacidad permanente es compatible con profesiones distintas a la que se ha reconocido como «habitual»
Y en caso de tener cumplidos 55 años, se puede reconocer la llamada incapacidad total cualificada, cuyo porcentaje es del 75%, si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) estima que el trabajador tiene complicada su inserción en el mercado laboral. Pero ese complemento del 20% adicional, es incompatible con cualquier trabajo.
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