Pensión mínima por incapacidad permanente en 2024

Ya tenemos publicado el Real Decreto – Ley que revaloriza todas las pensiones y, por lo que concierne a este artículo, establece cuál será la pensión mínima por incapacidad permanente 2024.

Las pensiones contributivas en general (también las de incapacidad permanente) se revalorizan un 3,8%.

Las pensiones mínimas se incrementan en un porcentaje superior, entorno al 6,9%, al igual que las no contributivas.

En este artículo veremos las tablas de mínimos para este año 2024 y explicaremos los requisitos para cobrarlas.

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Pensión mínima por incapacidad contributiva en el año 2024
Pensión mínima por incapacidad contributiva en el año 2024

Como puede observarse, la pensión mínima por incapacidad permanente en 2024 depende del grado de invalidez reconocido y de la edad del pensionista. Por otra parte, también depende de la composición familiar del pensionista, es decir, de si tiene cónyuge o no, y en caso de tenerlo, si es económicamente dependiente del pensionista.

Cónyuge a cargo

Las pensiones mínimas para personas con incapacidad y cónyuge a cargo, son más elevadas que las de personas sin cónyuge, o con cónyuge económicamente independiente.

Para que se considere que el cónyuge está a cargo del pensionista, deben cumplirse dos requisitos:

  • Que el cónyuge no perciba un pensión pública.
  • Que entre el cónyuge y el pensionista por incapacidad, no perciban ingresos superiores a 10.430 euros anuales en bruto.

Pensión mínima por incapacidad absoluta en 2024

La pensión mínima por incapacidad absoluta se ha incrementado al mismo nivel que la pensión mínima por jubilación contributiva, esto son, 1.033,30 euros mensuales por 14 pagas.

Durante los próximos años, se pretende suprimir la brecha que existe entre la pensión mínima con cónyuge a cargo y el umbral de pobreza publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), de modo, que cada año se recortará un poco esa brecha, hasta su total supresión en el año 2027.

Por este motivo, las pensiones contributivas por encima de la pensión mínima se han incrementado un 3,8%, mientras que la pensión mínima por incapacidad absoluta con cónyuge a cargo lo ha hecho un 6,9%.

Pensión mínima por incapacidad total en 2024

Este año 2024, a diferencia de años anteriores, se iguala el importe de la pensión mínima por incapacidad permanente total con cónyuge a cargo, independientemente de la edad del pensionista, algo insólito hasta la fecha, pues siempre era superior la mínima cuando se tenían 65 años o más.

Este año, cobrarán 1.033,30 euros por 14 pagas, todos los pensionistas por incapacidad permanente absoluta y total, que tengan su cónyuge a cargo. No así, el resto de los pensionistas sin cónyuge a cargo, que verán su pensión mínima incrementada al superar los 65 años.

Esta diferencia entre edades, debe justificarse por la posibilidad de compatibilizar un trabajo con una incapacidad total, lo cual, es complicado y poco habitual, pero la posibilidad existe.

Comparativa con las pensiones mínimas de 2023

En la siguiente tabla puede observarse la comparativa entre las pensiones mínimas de este año 2024 y las del pasado año 2023 (en azul).

Pensión mínima por incapacidad contributiva: comparativa 2024 - 2023
Pensión mínima por incapacidad contributiva: comparativa 2024 - 2023

Requisitos para cobrar la pensión mínima

Es posible que la pensión por incapacidad permanente quede por debajo de los importes que hemos visto en las anteriores tablas.

En ese caso, el pensionista puede solicitar el llamado «complemento por mínimos», sin embargo, debe cumplir dos requisitos:

Carencia de ingresos

El primer requisito es no tener ingresos por encima de 8.942 euros al año, de prácticamente cualquier procedencia (capital mobiliario, inmobiliario, ganancias patrimoniales, etc), por ejemplo, un alquiler o un fondo de inversión.

Límite de ingresos en 2024 para cobrar el complemento a mínimos en la pensión
Límite de ingresos en 2024 para cobrar el complemento a mínimos en la pensión

Si se tienen ingresos por encima de lo marcado en la anterior tabla, no es posible cobrar el complemento a mínimos.

Si se tienen ingresos por debajo y la suma de éstos, junto a la pensión reconocida, no es superior al límite anual, es posible cobrar el complemento a mínimos.

Ejemplo de cálculo de complemento a mínimos

La pensión mínima por incapacidad total sin cónyuge para un menor de 65 años es de 772,00 euros al mes (10.808,00 al año) y el límite de ingresos en 2024 es de 8.942,00 euros anuales. Ambas cantidades son en total 19.750,00 euros anuales que conforma el límite de ingresos compatible con el complemento por mínimos.

Imaginemos que un pensionista tiene reconocida una pensión inicial de 500,00 euros (7.200,00 euros al año), pero a su vez, tiene un alquiler por el que cobra 450 euros mensuales (5.400,00 euros al año). En total tiene ingresos por 12.600,00 euros anuales.

La diferencia entre ambas cantidades (19.750,00 euros – 12.600,00 euros) es de 7.150,00 anuales (510,71 euros mensuales). Pero como esa diferencia más la suma de la pensión que ya tiene reconocida (500,00 euros mensuales), es superior a la pensión mínima, únicamente se le reconocería la diferencia entre la pensión reconocida y la pensión mínima, esto son, 272,00 euros mensuales. 

En cambio, si tuviese más ingresos y la diferencia fuese inferior a esa cantidad de 272,00 euros, no podría elevar su pensión hasta la mínima, al tener ingresos que lo impiden.

Residir en España

Otro requisito para cobrar el complemento por mínimos es residir en España. No es posible cobrarlo si se reside en el extranjero o se tienen estancias superiores a 90 días, salvo que puedan justificarse las mismas por algún motivo de salud o trabajo.

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