Todo sobre el Plus por Antigüedad del trabajador

La antigüedad del trabajador en una empresa es muy importante por diversos motivos:

  • En segundo lugar, porque genera derechos económicos en favor del trabajador, como el plus por antigüedad.
  • En tercer lugar, porque es requisito para el acceso a algunos derechos, por ejemplo, el acceso a excedencias o ascensos.

Sobre el plus por antigüedad, hay muchas cosas que deben tenerse en cuenta: periodos computables, cálculo del complemento, obligatoriedad para la empresa, etc. Todo este te lo explicamos en este artículo de Laboracast.

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Plus de antigüedad en el Estatuto de los Trabajadores

No existe ninguna disposición en el Estatuto de los Trabajadores que obligue a la empresa a satisfacer un complemento económico al trabajador calculado según su antigüedad.

La regulación del plus por antigüedad corresponde a los convenios colectivos, y no es obligatoria, es decir, es posible (y perfectamente legal) que un convenio colectivo no estipule en plus de antigüedad en favor de los trabajadores.

También cabe que la antigüedad se abone por acuerdo individual entre empresario y trabajador.

Periodos que computan como antigüedad

No todo el tiempo trabajado en una empresa computa a efectos de calcular el plus por antigüedad, deben hacerse las siguientes precisiones:

Sí que computan

No computan

  • El periodo de prácticas académicas (salvo que el convenio disponga otra cosa).
  • El tiempo trabajando por ETT (Empresa de Trabajo Temporal).
  • Los periodos de excedencia voluntaria.

¿Cómo calcular el plus por antigüedad?

Habitualmente, la antigüedad se determina con una cuantía fija o un porcentaje aplicable sobre el salario base, y se calcula según los bienios, trienios o quinquenios del trabajador.

Pero, como esta regulación corresponde a los convenios colectivos (y cada convenio «es de su padre y de su madre»), es necesario revisar el aplicable a la empresa para conocer las normas de cálculo y en su caso los límites que se apliquen.

En efecto, cabe que el convenio establezca como límite máximo determinados trienios o quinquenios, y que, aunque el trabajador tenga más antigüedad en la empresa, no le beneficie porque ha topado con el máximo establecido por convenio.

Ahora veremos un ejemplo práctico de cálculo de antigüedad.

Ejemplo de cálculo del plus por antigüedad

Por ejemplo, el convenio de artes gráficas establece que:

El personal comprendido en este Convenio disfrutará, como complemento personal de antigüedad, de un aumento periódico por el tiempo de servicios prestados a la misma empresa, consistente en dos trienios y quinquenios sucesivos.

El módulo para el cálculo y abono del complemento personal de antigüedad será el último salario base percibido, más el complemento ex categoría en su caso, sirviendo dicho módulo no sólo para el cálculo de los trienios o quinquenios de nuevo vencimiento, sino también para el de los ya percibidos. La cuantía del complemento personal de antigüedad será del 3 por 100 para cada trienio y del 3 por 100 para cada quinquenio.

Partiendo de esta regulación, imaginemos un trabajador con 15 años de antigüedad, y un salario base de 1.495,55 euros brutos mensuales.

Este trabajador acumularía 2 trienios (6 años) y 1 quinquenio (5 años). Le sobrarán 4 años que, de momento, no le computan a efectos de antigüedad, cuando cumpla un año más, sumará otro quinquenio.

Por tanto, 2 trienios + 1 quinquenio, sería un 9% sobre el salario base. Y por tanto, le correspondería un complemento por antigüedad de 134,60 euros brutos mensuales.

Esto sería un ejemplo de cálculo cuando el plus por antigüedad está determinado como un porcentaje, pero perfectamente cabe la posibilidad de que esté determinado como una cuantía fija e independiente al salario base.

Trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada

En estos casos, el plus por antigüedad se reduce proporcionalmente a la jornada realizada por el trabajador.

Esta reducción no se aplica cuando se trata de un plus por antigüedad porcentual, como en el ejemplo visto anteriormente, ya que el porcentaje se aplica sobre un salario ya reducido según la jornada del trabajador.

Pero sí que se reduce cuando el convenio colectivo estipula una cuantía fija, por ejemplo, un plus por antigüedad de 100 euros al mes, si el trabajador presta servicios a tiempo parcial, se reducirá en proporción a su jornada, por ejemplo, media jornada, 50% CTP, reduciría el plus por antigüedad a 50 euros.

El plus por antigüedad es compensable y absorbible

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que, el plus antigüedad es homogéneo al salario base y por tanto, puede absorberse y compensar subidas del salario.

Esto significa que, en algunas ocasiones, la subida del salario base por convenio colectivo, puede ser neutralizada si se recibe un plus por antigüedad, que sumado al salario base, supera el nivel salarial marcado por el convenio colectivo.

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