El despido objetivo improcendente

Un despido objetivo puede ser procedente o improcedente. Y pese a que ambos tienen asociada una indemnización, en caso de despido objetivo improcedente, esta sería mayor.

En este artículo de Laboracast explicaremos la diferencia entre el despido objetivo procedente y el improcedente y cómo reclamar una mayor indemnización.

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Despido objetivo procedente vs. improcedente

El despido objetivo se fundamenta por alguna causa de las contempladas en el art. 52 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, puede ser un despido procedente o improcedente.

Despido objetivo procedente

Si esta causa es cierta y proporcional con el despido objetivo, y se han cumplido todos los requisitos formales que se explican en este articulo, puede ser un despido objetivo procedente.

Aún siendo procedente, llevará aparejada una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. 

Por ejemplo, un trabajador con 2 años de antigüedad, tendrá derecho a 40 días de salario. Pongamos que dicho salario es de 75 euros brutos diarios (incluyendo pagas extra), la indemnización sería de 3.000 euros.

El despido objetivo legitima a la empresa para amortizar puestos de trabajo, pero no por culpa del trabajador, sino por circunstancias ajenas a su voluntad, motivo por el cual, la ley le reconoce esta indemnización, de forma automática, sin necesidad de reclamarla.

Despido objetivo improcedente

Puede que el despido efectuado por la empresa no sea cierto, no sea proporcional, no cumpla con los requisitos formales, etc., motivos por los cuales, se puede declarar improcedente.

En ese caso, se eleva la indemnización a 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Si el trabajador tiene una antigüedad anterior a febrero de 2012, por la misma se le pagan 45 días.

Por ejemplo, si el trabajador anterior, que tenía 2 años de antigüedad, es despedido de forma improcedente, no se le pagarán 40 días de indemnización, sino 66 días, en cuyo caso, a razón de 75 euros brutos al día, resulta una indemnización de 4.950 euros. La indemnización ha mejorado casi 2.000 euros porque el despido estaba mal hecho.

En caso de despido improcedente, la empresa también puede optar por readmitir al trabajador, lo cual no suele hacer casi nunca, porque debe pagar todos los salarios de tramitación: desde la fecha del despido hasta la readmisión, junto con su cotización a la Seguridad Social.

Motivos para el despido objetivo improcedente

Existen muchos motivos por los cuales un despido puede ser declarado improcedente. Algunos son comunes en todos los despidos objetivos: se trata de la falta de requisitos formales que se explican más adelante.

Otros motivos son debido a las causas específicas para cada tipo de despido. Existen distintos tipos de despido objetivo: causas económicas, causas organizativas, ineptitud sobrevenida, insuficiencia presupuestaria, etc. En la siguiente guía, los tienes desglosados y resumidos. 

Cada despido tiene que ajustarse a la causa legal que lo justifica. Y los hechos tienen que ser ciertos y adecuados para solucionar o paliar la situación que atraviesa la empresa (pérdidas, necesidad de reorganización, etc).

Guía sobre despido objetivo

Conoce todas las clases de despido objetivo y sus requisitos, en nuestra guía: 

Comunicación escrita

El primer requisito formal para que el despido no sea declarado improcedente, es comunicarlo por escrito al trabajador, con una descripción suficiente para que este pueda conocer la situación de la empresa, decidir si impugna el despido no, y en su caso, articular correctamente su defensa en el juicio por despido.

Por ejemplo, si la carta de despido por causas organizativas no es suficientemente descriptiva, es decir, no relata la situación de la empresa que justifica el despido, haciendo una mera alusión genérica, ese despido se puede declarar improcedente.

Pagar la indemnización por despido objetivo

Como se ha dicho, todo despido objetivo procedente lleva anudada una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.

El Estatuto de los Trabajadores exige que esta indemnización se pague en el mismo momento de comunicación del despido, sin que el trabajador tenga que reclamarla. Es una indemnización automática, indiscutible y se abona en el acto.

En caso contrario, el despido se declara improcedente, con una única excepción: en caso de despidos con causa económica, que la empresa justifique que no dispone de liquidez suficiente para pagar la indemnización.

También se puede declarar el despido objetivo improcedente si el pago de la indemnización de 20 días es posterior al acto de comunicación del despido, o la cuantía de la indemnización ha sido rebajada: porque se ha calculado incorrectamente sin que exista un error excusable, o porque se ha calculado bien, pero se ha pagado parcialmente.

Falta entrega de la carta de despido a los representantes del trabajador

El artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores exige que la empresa entregue copia «del escrito de preaviso» a los representantes legales de los trabajadores.

El Tribunal Supremo ha determinado que se trata de un error, y que realmente, lo que debe entregarse a los representantes de los trabajadores es una copia de la carta de despido, para que puedan conocer la situación de la empresa y valorar si se realizan los despidos correctamente.

La falta de entrega de una copia de la carta de despido a los representantes es sancionable (se considera una infracción) y además, puede determinar que el despido por causas objetivas se declare improcedente.

Abogado Laboralista

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Vicent Arrandis Abogado Laboralista

Vicent Arrandis

Abogado Laboralista, más de 25 años de ejercicio profesional. Especialista en consensuar, negociar y mejorar las relaciones laborales.

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