Despido por causas objetivas: indemnización

En el artículo de hoy vamos a comentar el despido por causas objetivas y la indemnización de 20 días de salario por año trabajado que corresponde al trabajador.

Es posible mejorar esta indemnización. Tanto si el despido es colectivo, como si es individual.

Cabe la posibilidad de impugnar el despido objetivo y reclamar una indemnización por despido improcedente o incluso la readmisión y el pago de los salarios de tramitación.

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Indemnización por despido objetivo individual

Cualquier tipo de despido objetivo lleva anudada una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado en la empresa. Como veremos más adelante, es posible mejorar esta indemnización.

Esta indemnización debe abonarse por la empresa en el mismo acto de comunicación de la carta despido, mediante transferencia o cheque bancario, en caso contrario, puede declararse el despido objetivo improcedente.

Calcular la indemnización por despido objetivo

Para calcular la indemnización por despido objetivo, es necesario tener en cuenta todos los conceptos salariales de la nómina (no los extrasalariales) en su importe bruto.

También es importante un correcto cómputo de la antigüedad: incluyendo los contratos temporales con los que, a veces, se inicia una relación laboral y siempre que no existan interrupciones significativas entre unos y otros.

Existen calculadoras que pueden ayudarte a conocer la indemnización por despido objetivo.

Indemnización por despido colectivo

Los despidos colectivos son aquellos que afectan a un determinado número de trabajadores:

  • 10 trabajadores en empresas que ocupen a menos de 100 trabajadores.
  • El 10% de la plantilla en empresas entre 100 y 300 trabajadores.
  • Más de 30 trabajadores en empresas con más de 300 en plantilla.

El despido colectivo se basa en las mismas causas que un despido objetivo individual: causas económicas y/o causas organizativas, técnicas o productivas.

En estos casos, al despido lo precede un periodo de consultas con los trabajadores y sus representantes, en el que se intenta mejorar la indemnización por despido de los trabajadores afectados, así como otros derechos, como el convenio especial por ERE (cotizaciones en favor del trabajador).

Mejorar la indemnización por despido objetivo

Tanto si el despido objetivo es individual o colectivo, es posible mejorar la indemnización.

En caso de despido por causas objetivas individual, la indemnización que se paga automáticamente es de 20 días de salario por año trabajado, pero nada impide a la empresa mejorarla, sin necesidad de reconocer que el despido es improcedente.

Por ejemplo, puede elevarla a 28 días de salario por año trabajado. O a 30 días de salario por año trabajado.

Y lo mismo ocurre, más frecuentemente, en caso de despido colectivo, cuando durante el periodo de consultas la comisión negociadora que representa a los trabajadores intenta mejorar la indemnización por despido que, de entrada, también son 20 días de salario por año trabajado.

IRPF en la mejora de indemnización no tributa

Tanto en caso de despido objetivo individual, como en un despido objetivo colectivo, la mejora de la indemnización está exenta de IRPF hasta el límite del importe que hubiese correspondido por despido improcedente, de acuerdo con el art. 7 de la Ley del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas.

…en los supuestos de despidos colectivos realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, o producidos por las causas previstas en la letra c) del artículo 52 del citado Estatuto, siempre que, en ambos casos, se deban a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor, quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio en el mencionado Estatuto para el despido improcedente.

Indemnización por despido improcedente

Lógicamente, el trabajador que no está conforme con el despido objetivo efectuado por la empresa, ya sea individual o objetivo, puede impugnarlo y reclamar la indemnización por despido objetivo improcedente.

El plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos).

En estos casos, es posible que la indemnización se eleve a 33 días de salario por año trabajado (o incluso 45 días, para aquellos trabajadores con antigüedad anterior a febrero de 2012).

Aunque es necesario advertir al trabajador de la posibilidad de que la empresa opte por la readmisión y el pago de salarios de tramitación, una opción muy poco frecuente en la práctica, pero que suele ser indeseada.

Despido objetivo nulo

El despido, en algunos casos, también puede ser declarado nulo. Bien porque se ha vulnerado algún derecho fundamental del trabajador o bien porque el mismo estaba en una situación especialmente protegida, por ejemplo, maternidad o paternidad.

En estos casos la readmisión es la única opción, aunque si no es deseada por la persona trabajadora, puede negociarse una indemnización mejorada.

Contratar a un abogado para impugnar el despido objetivo

Sin lugar a dudas, impugnar un despido objetivo no es tarea sencilla, tanto por la complejidad de normativa, del análisis de las situaciones en la empresa que justifican el despido objetivo, como del proceso a seguir.

Lo mejor es ponerte en manos de un abogado laboralista con años de experiencia y conocimientos suficientes para defender del mejor modo posible tus derechos e intereses.

Abogado Laboralista Sergio García Edo

Sergio García Edo

Abogado Laboralista. Experto en el ámbito jurídico laboral, negociando y litigando. Más de  20 años ayudando a empresas y personas trabajadoras a solucionar sus problemas laborales.

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