Despido disciplinario con falsas acusaciones

Si has recibido una carta de despido disciplinario con falsas acusaciones, es lógico que estés angustiado/a, pero, vamos relajar la tensión y analizar la situación fríamente.

En muchas ocasiones, el despido disciplinario no es más que un instrumento rápido que tiene la empresa a su alcance para deshacerse de un trabajador. Lo que pone en la carta de despido, muchas veces no es cierto y otras muchas está tergiversado o sobredimensionado.

En este artículo de Laboracast te daremos una serie de información y consejos y cuando termines de leerlo, seguro que ves las cosas de otra manera y se te pasa ese desasosiego que sientes ahora.

El plazo para impugnar un despido y reclamar tu indemnización es de 20 días hábiles. Si quieres que revisemos tu carta de despido, escríbenos. 😉

¿Realmente es cierto lo que pone en la carta de despido?

Si dos personas discuten y alguien tiene que mediar en el conflicto, tiene que escuchar ambas versiones. Lo que pone en la carta de despido es la versión interesada de la empresa: una parte del conflicto. 

En muchas ocasiones son falsas acusaciones, y en otras, están tergiversadas o sobredimensionadas. Impugnando un despido injustificado, puedes conseguir un reconocimiento de improcedencia, firmado por la propia empresa o por un juez. 

La improcedencia del despido significa que las acusaciones no son ciertas. Viene con la firma de un funcionario o un juez, y es irrevocable.

¿Por qué la empresa me despide con falsas acusaciones?

El despido disciplinario suele utilizarse como una vía rápida (sin preaviso) para despedir a un trabajador.

Muchas veces, lo que pone en la carta de despido no tiene nada que ver con el motivo real del despido, que puede ser otro distinto, que la empresa no puede reconocer por escrito. 

Por ejemplo, si te hacen un despido por bajo rendimiento, cuando realmente es porque llevas dos semanas de baja médica, claramente es un despido disciplinario falso, la empresa no podrá demostrarlo y se declarará improcedente o incluso, podría declararse nulo.

Por poner otro ejemplo, si la empresa quiere amortizar un puesto de trabajo para ahorrar costes laborales, podría optar por un despido objetivo por causas organizativas o productivas, pero tendría que darte 15 días de preaviso y si lo impugnas y se declara improcedente, terminarían pagándote la indemnización máxima. Sin embargo, se ahorran esos 15 días de preaviso realizando un despido disciplinario y poniendo en la carta la primera ocurrencia que les ha pasado por la cabeza.

La empresa debe demostrar los hechos

En España, quien acusa a alguien, tiene que demostrar los hechos por los cuales lo acusa. Igual que en el derecho penal, también en el derecho laboral existe la famosa «presunción de inocencia».

La carga de demostrar la veracidad de los hechos recae sobre la empresa. Si no se demuestran los hechos, el despido se declara improcedente.

¿Es proporcional el despido disciplinario?

Puede que en la carta de despido se describa algún hecho cierto, por ejemplo, que has llegado dos días tarde al trabajo. O que has tenido una discusión con el jefe. O que has cometido un error y un cliente se ha quejado.

Pero debemos tener en cuenta que el despido disciplinario es la máxima sanción que puede imponerse a un trabajador. Por tanto, está reservado para las faltas disciplinarias de mayor gravedad.

Existen amonestaciones y sanciones como la suspensión de empleo y sueldo, que muchas veces son más proporcionales que el despido disciplinario.

Las sanciones hay que graduarlas correctamente, y si por una falta de menor gravedad, se impone la máxima sanción, es decir, el despido disciplinario, probablemente este se declare improcedente.

¿Te han permitido defenderte?

Toda la vida se ha despedido a los trabajadores fulminantemente, sin preaviso y sin darles la posibilidad de defenderse y presentar alegaciones antes de ser despedidos. Pero ahora parece que las empresas se lo piensan dos veces.

En febrero de 2023 surgió una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia que declaró improcedente el despido de un trabajador por no haberle concedido una audiencia previa que permitiese defenderse.

Esta sentencia se amparó en el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, cuyo artículo 7 dice: No deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad.

En ocasiones, el convenio colectivo establece un procedimiento contradictorio obligatorio. En ocasiones es obligatorio para despedir a cualquier trabajador, pero más obligatorio incluso si se trata de despidos contra representantes de los trabajadores (delegados de personal o miembros del comité de empresa) o delegados sindicales. La falta del expediente contradictorio puede suponer que el despido se declare improcedente.

¿Va a dejarme una mancha en el expediente?

¿Qué expediente? No existe un expediente o un registro de antecedentes laborales donde quede reflejado el despido disciplinario.

Ninguna empresa puede consultar una base de datos donde aparezcan los motivos por los cuales se ha despedido a un trabajador en anteriores relaciones laborales. Tampoco pueden saber si un trabajador ha demandado a su empresa.

De hecho, la Ley de Protección de datos contempla el bloqueo total de los datos del trabajador tras finalizar la relación laboral, que no podrán usarse en ningún caso, salvo que lo requiera un autoridad judicial o administrativa (como la Inspección de Trabajo).

En cualquier caso, reclamando contra tu despido puedes conseguir que se reconozca como «improcedente» por la propia empresa o por una sentencia judicial.

Reclama tu indemnización por despido

Si te han hecho un despido disciplinario con falsas acusaciones, no tengas miedo, deja que revisemos tu carta de despido, es posible que puedas reclamar una buena indemnización.

Si por ejemplo tenías una antigüedad de 2 años y medio en la empresa y cobrabas un salario bruto de 60 euros al día con las pagas extra prorrateadas, puedes reclamar una indemnización de 4.950 euros netos.

El proceso por despido suele ser rápido y cómodo. Haciendo unos poderes a tu abogado (gratuitos) casi nunca es necesario que asistas al acto de conciliación, ni al juicio. Deja que nos encarguemos nosotros por ti.

Virginia Castellano abogada laboralista

Virginia Castellano

Abogada y mediadora laboralista. Especializada en derecho del trabajo y seguridad social, incapacidades y otras prestaciones.

Más de una década litigando y negociando bajo el lema mitad soldado y mitad monje.

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