Incapacidad permanente para Autónomos

La incapacidad permanente para autónomos no es la misma que para trabajadores del régimen general de la Seguridad Social, en algunos puntos sí coincide, pero en otros difiere.

Pintores, electricistas, constructores, arquitectos, abogados, psicólogos, etc., todos ellos pueden padecer una dolencia irreversible que les limite su capacidad laboral, y por ello, pueden acceder a una pensión por incapacidad permanente.

En este artículo explicaremos las particularidades y puntos en común de la incapacidad permanente para autónomos afiliados al RETA.

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Grados de incapacidad

Cualquier persona, incluidos los trabajadores autónomos, podemos padecer una dolencia irreversible (o previsiblemente no reversible) que nos impida realizar nuestra profesión habitual o cualquier profesión u oficio.

Dependiendo de la gravedad de las limitaciones, existen distintos grados de invalidez (incapacidad permanente).

Incapacidad parcial para autónomos

Para autónomos afiliados al RETA no existe la incapacidad permanente parcial. Si eres trabajador autónomo, el INSS no te reconocerá este grado de incapacidad, salvo que derive de contingencias profesionales.

Incapacidad total para autónomos

Sí que existe el grado de incapacidad permanente total (IPT), que se reconoce a personas que, debido a sus dolencias, no pueden afrontar las exigencias propias de su profesión habitual.

En estos casos, se reconoce una pensión equivalente al 55% de la que inicialmente se calcule (dependiendo de las bases de cotización y los años trabajados por el pensionista incapacitado).

Este grado de invalidez se refiere únicamente a la profesión habitual, de modo que el pensionista puede trabajar en una profesión que no sea incompatible con sus dolencias, mientras cobra la pensión por IPT.

Si el pensionista tiene más de 55 años y no trabaja, en ese caso se puede solicitar la incapacidad permanente cualificada, que incrementa el porcentaje al 75%.

Incapacidad absoluta para autónomos

La incapacidad permanente absoluta es un grado que impide a la persona que la padece, trabajar en cualquier profesión u oficio, por liviano que sea, de una forma óptima y en unas condiciones mínimas de productividad y rendimiento profesional.

En estos casos se reconoce un porcentaje del 100% de la pensión inicialmente calculada.

Gran invalidez

Se trata del grado más elevado de incapacidad. Se reconoce a personas que, además de padecer una dolencia que las impide trabajar, necesitas ayuda de una persona para actos de la vida, como comer, vestirse, desplazarse, etc.

En casos de gran invalidez se reconoce la pensión por incapacidad permanente y, además, un complemento que permite retribuir al cuidador.

Pensión por incapacidad para autónomos

La pensión por incapacidad permanente para autónomos se calcula de una forma muy similar a la pensión para trabajadores por cuenta ajena, aunque con alguna particularidad importante: no se integran lagunas.

Enfermedad común

Si el autónomo padece una enfermedad común que deriva en incapacidad, se le calculará la pensión tomando, como regla general, las 96 bases de cotización anteriores al hecho causante de la incapacidad.

Si el autónomo es menor de 52 años, entonces se le calculará la pensión por incapacidad tomando las bases de cotización equivalentes a una cuarta parte del tiempo transcurrido entre los 20 años y la fecha del hecho causante de la incapacidad.

Integración de lagunas

Uno de los peores perjuicios para trabajadores autónomos que solicitan la incapacidad permanente, es que no se les integran las lagunas, lo cual se traduce una agravio en comparación con los trabajadores por cuenta ajena.

Cuando un trabajador no ha cotizado durante algunas mensualidades y solicita una pensión, se le integran las lagunas con la base de cotización mínima del año en que se encuentren. Por ejemplo, si tiene lagunas en 2023, se le integrarán con una base mensual de 1.260 euros que servirá para calcular su pensión de incapacidad.

Esta regla no opera con los trabajadores autónomos, cuyas lagunas quedan a 0 euros y se calcula su pensión con el promedio de las bases de cotización, sin excluir las mensualidades a 0 euros.

Aquí tenemos un ejemplo de lagunas de cotización de un trabajador autónomo.

integración lagunas incapacidad autónomos
Base reguladora de una pensión de un autónomo sin integración de lagunas.

Si a este autónomo se le hubiesen integrado las lagunas, supongamos, con 900 euros cada una, su pensión se hubiese incrementado a 785,17 euros, con lo cual, existe una diferencia de 97 euros por el mero hecho de pertenecer al RETA y no al Régimen General.

Pensión mínima de incapacidad permanente para autónomos

Como se ha visto, las pensiones por incapacidad para trabajadores autónomos no son muy boyantes, pues sus bases de cotización suelen ser inferiores a la de trabajadores por cuenta ajena, con la agravante de que no se integran lagunas.

Las pensiones de incapacidad inferiores al mínimo establecido cada año, pueden complementarse si no se tienen ingresos (este año 2024 superiores a 8.942,00 euros; o si se tiene cónyuge a cargo, 10.430,00 euros) y se reside en España.

La pensión mínima por incapacidad permanente para autónomos en 2024 depende de la unidad familiar y la edad del pensionista. 

Pensión mínima por incapacidad contributiva en el año 2024
Pensión mínima por incapacidad contributiva en el año 2024

Mantener la titularidad del negocio

Si el trabajador autónomo al que se ha reconocido una incapacidad permanente tiene un negocio con trabajadores a su cargo, puede mantener la titularidad del mismo siempre que no ejerza la profesión para la que ha sido incapacitado.

En caso de incapacidad permanente total, no podrá solicitar el incremento del 20% adicional a los 55 años, si mantiene la titularidad del negocio.

Ejemplos de incapacidad permanente para autónomos

Por ejemplo, se ha reconocido la incapacidad permanente total a un transportista con disnea en grado severo al ser incompatible con la renovación del permiso de conducir.

También se ha reconocido la incapacidad absoluta a un autónomo comercial con epoc severo y depresión mayor con intentos autolíticos.

Y también se ha reconocido la incapacidad total a un pintor con hernias no operables con secuelas que le impedían ejercer su profesión habitual.

Autónomos con deudas

Si el autónomo que solicita la incapacidad permanente tiene deudas vigentes (no prescritas) con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por impago de las cuotas de autónomo, no se le reconocerá la pensión por incapacidad.

En estos casos es obligatorio ponerse al día mediante la llamada «invitación al pago».

Si las cuotas impagadas están prescritas por no haberlas reclamado la administración en el plazo legalmente establecido, no impedirán el acceso a la pensión de incapacidad, pero dichas cuotas no generarán ningún derecho (la base de cotización será igual a 0 y no contarán como tiempo cotizado a efectos de porcentaje).

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